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Estudio bíblico breve del Sacramento de la Penitencia. (Domingo IV de Cuaresma del Ciclo A).

   Estudio bíblico breve del Sacramento de la Penitencia.

   ¿Quién instituyó el Sacramento de la Penitencia?

   He aquí lo que aconteció en la aparición de Jesús a sus Apóstoles, que aconteció al atardecer del Domingo de Pascua (JN. 20, 22-23).

   ¿Quiénes pueden administrar el Sacramento de la Penitencia?

   Este Sacramento solo puede ser administrado por los sacerdotes, los cuales son ayudantes de los Obispos, que son sucesores de los Apóstoles (MT. 18, 18). Los Apóstoles del Señor, recibieron el poder de admitir y excluir de ser hijos de la Iglesia a quienes vieran conveniente acercar o alejar de la fundación de Cristo. El poder de atar y desatar, también indica la potestad de los sacerdotes tanto para perdonarnos como para retenernos los pecados, y, lo que los ministros de Cristo que nos confiesen decidan hacer con nuestros pecados, será respetado en el cielo.

   ¿Por qué no podemos administrar el Sacramento de la Penitencia los laicos?

   Los laicos no podemos confesar porque esta actividad ha sido encomendada exclusivamente a los ministros de Cristo, pues los tales tienen la misión de velar por nuestra purificación y nuestra santificación, tanto con su trabajo como por medio de sus incesantes oraciones por las almas cuya salvación les ha sido encomendada.

   ¿Qué garantía tenemos de que los sacerdotes se esmeran a la hora de cumplir la misión de hacer las veces de Dios ante quienes confiesan?

   En el caso de que los confesores no administren el Sacramento de la Penitencia adaptándose tanto a las exigencias del amor divino como de la justicia de Dios, dado que quien administra el perdón es Dios, y no sus intermediarios los sacerdotes, los confesandos no tienen por qué temer por su salvación en estos casos.

   ¿Existe algún testimonio relativo a la confesión en la Biblia?

   San Juan Bautista confesaba a quienes bautizaba (MC. 1, 5).

   Con respecto a la experiencia de la predicación de San Pablo en Éfeso, leemos en los Hechos de los Apóstoles: (HCH. 19, 18).

   ¿Divulgan los sacerdotes los pecados que les confesamos?

   Los sacerdotes deben guardar celosamente las confesiones de sus feligreses en sus corazones u olvidarse de las mismas, pero bajo ningún pretexto deben divulgar las mismas, a no ser que se dé el caso de que los confesandos publiquen sus pecados, pues en tal caso los mismos no permanecen en secreto, no precisamente porque los difunden los confesores.

   Si Dios nos perdona los pecados, ¿por qué tenemos que confesarnos con los sacerdotes?

   Si nuestra fe en Dios es débil, la ayuda espiritual de los sacerdotes nos acercará a Nuestro Padre común.

   ¿Con qué frecuencia debemos confesarnos?

   Aunque el Sacramento de la Penitencia administrado en su justa medida nos sirve como medicamento o terapia psicológica, si lo recibimos con demasiada frecuencia, y nos empeñamos en confesar hasta los pensamientos que no podemos controlar simplemente porque nuestra mente no es estática, en tal caso, el citado Sacramento es una trampa tan poderosa como para desestabilizarnos mentalmente.

   Aunque la Iglesia nos pide que nos confesemos al menos una vez al año, muchos religiosos y laicos lo hacen una o más veces por semana. Somos nosotros quienes  decidimos la frecuencia con que hemos de confesarnos.

   Confesémonos sin temer el hecho de que no se nos perdonen los pecados que hemos cometido, pero no recibamos este Sacramento como quien participa en un acto teatral con la idea de seguir pecando, pues, si no somos sinceros en nuestras confesiones, no se nos perdonarán los pecados (ST. 5, 16).

José Portillo Pérez
joseportilloperez@gmail.com